joi, ianuarie 26, 2006

Ley de Mercado de Valores y Ley de Libertad de Prensa

En el transcurso del año 2005, el mercado de valores chileno fue testigo de una bochornosa operación, gestada durante meses, tendiente a revalorizar los activos de una alicaída sociedad -Schwager-Energy- en base a publicación de información falsa y tendenciosa al mercado sobre los futuros negocios de dicha compañía.

En su oportunidad, uno de los medios que utilizó dicha sociedad, fue el periódico especializado en el sector económico "Estrategia", el cual publicó en reiteradas ocasiones y con una cobertura relevante, los proyectos que la ex-carbonífera se encontraba desarrollando, casi como si fueran negocios consolidado y no meras expectativas que no contaban con suficientes estudios que avalaran su factibilidad.
Dicho periódico publicó amplia información de la compañía, artículos y entrevistas que tuvieron la aptitud de modificar el precio de los valores de dicha sociedad, a causa de que el contenido material de aquellas publicaciones, contenían información falsa y tendenciosa, en los términos del artículo 61 de la Ley de Mercado de Valores chilena. Aquel artículo dispone: "Las personas que con el objeto de inducir a error en el mercado difundieren noticias falsas o tendenciosas, aún cuando no persiguieren con el obtener ventajas o beneficios para sí o terceros sufrirán las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio".

En la ocasión se sancionó administrativamente, al Director y Presidente de Diario Estrategia, el señor Víctor Manuel Ojeda Méndez, por infracción a dicha disposición legal. Explicó la Superintendencia de Valores y Seguros, organismo que fiscaliza el mercado de valores nacional, que el artículo en comento, rige para todas las personas que difundan la información que se califique de falsa o tendenciosa; que tiene como verbo rector la palabra "difundan", y que con ello, el legislador deja expresa constancia de que sea el medio que fuere el que se utilice para difundir, todos quedan sometidos al cumplimiento de la norma, que prohíbe conducir al mercado, información capaz de producir distorsiones en el precio de los valores de oferta pública que en él se transan.
En el caso, se entendió por el órgano administrativo, que los medios de comunicación que publican informaciones relativas al mercado secundario -que es precisamente donde se transan dichos valores-, tanto de los emisores, sus valores o mercados, quedan sujetos a la fiscalización de la Superintendencia del ramo, y que ellos deben acatar las normas de conducta establecidas a lo largo de toda la ley de valores nacional. El Presidente de Diario Estrategia, en defensa de la actuación de su periódico y de él propia, arguyó que la fiscalización de la SVS (Superintendencia de Valores y Seguros), vulneraba la libertad de prensa, que se encuentra debidamente amparada y garantizada por la Constitución Política de la República, en su artículo 19 N° 12, y que se encuentra regulada por la ley de quórum calificado N° 19.733 sobre Libertad de Prensa. Sin embargo, entendemos que el argumento esgrimido es inconsistente, toda vez que en la especie, no se vislumbra colisión alguna entre la aplicación de la Ley de Mercado de Valores y la Ley de Prensa, y menos aún, una supuesta vulneración de dicha libertad; todo lo anterior debido a que no se logra percibir algún tipo de censura por el fiscalizador, sino una correcta tutela del funcionamiento del mercado por parte de la SVS, puesto que lo que se ha sancionado ha sido la utilización de un medio de comunicación para difundir información falsa o tendenciosa al mercado, de la cual el señor Ojeda es responsable, por haber participado de las reuniones de pauta en las que se decidieron realizar las publicaciones efectuadas.

Recordemos que la información publicada tuvo la virtud de distorsionar el precio de las acciones Schwager, y que el medio de comunicación cuestionado fue objeto de sanción, por haber dado una cobertura manifiestamente relevante y reiterada sobre los negocios de la ex-carbonífera, que como ha quedado demostrado con el transcurrir del tiempo, sólo fueron meras expectativas que terminaron por beneficiar a algunos determinados actores del mercado, y dejando una gran cantidad de minoritarios damnificados en el camino.

En palabras del Superintendente de Valores, don Alejandro Ferreiro, en la Resolución Exenta N° 665, de 5 de diciembre de 2005: "el diario que preside y dirige el señor Ojeda fue utilizado como medio para llevar adelante una estrategia comunicacional y destinada a favorecer el incremento del precio de la acción de Schwager y sus volúmenes transados, siendo ello lo que le permitió la obtención de una sustancial utilidad en la compra y venta de acciones Schwager, e introduciendo en el mercado de valores desviaciones que no representan el verdadero valor de la empresa, producto de las expectativas y especulación surgidas a raíz de rumores y noticias que no cuentan con una base cierta y fidedigna, difundidos y propagados de un modo sesgado y tendencioso por el Diario Estrategia".

Cabe señalar que con la ocasión, la Asociación Nacional de Prensa y la Superintendencia de Valores y Seguros, se han propuesto abordar en profundidad este tema, que no había estado en el tapete de la discusión de nuestro mercado, para lo cual el Superintendente ha llamado que los diarios adopten códigos de conducta individuales o gremiales, para evitar la comisión de los ilícitos que les quepa en el ejercicio de su actividad.

Un comentariu:

Carlos spunea...

Felicitaciones!